Ruta de aprendizaje
Reglamento de IA — Reglamento (UE) 2024/1689 sobre inteligencia artificial
Siete capítulos para entender el Reglamento europeo de inteligencia artificial tal como queda tras el Ómnibus digital de 2026: a quién obliga, qué prohíbe, qué es alto riesgo y desde cuándo se aplica cada parte.
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- 1 Ámbito y definiciones clave Qué es un sistema de IA para el Reglamento y cuándo una empresa es proveedor o responsable del despliegue. Arts. 2, 3 y 25
- 2 Prácticas de IA prohibidas Los usos de la IA vetados en la Unión desde el 2 de febrero de 2025 y las dos prohibiciones que añade el Ómnibus. Art. 5
- 3 Sistemas de alto riesgo: anexos I y III Las dos vías por las que un sistema de IA se clasifica como de alto riesgo y las excepciones que admite el artículo 6.3. Arts. 6 y 7, anexos I y III
- 4 Obligaciones en los sistemas de alto riesgo Qué debe cumplir quien desarrolla un sistema de alto riesgo y qué debe hacer la empresa que lo utiliza, con sus plazos. Arts. 9 a 27
- 5 Transparencia y modelos de IA de uso general Cuándo hay que avisar de que se habla con una IA o de que un contenido es sintético, y qué deben cumplir los modelos de uso general. Arts. 50 a 55
- 6 Alfabetización en IA, gobernanza e ISO/IEC 42001 Qué pide hoy el artículo 4 sobre formación en IA y cómo ordenar la gobernanza interna con apoyo de ISO/IEC 42001. Arts. 4, 4 bis y 17
- 7 Calendario de aplicación y sanciones Las fechas en que se aplica cada parte del Reglamento tras el Ómnibus digital y las multas máximas por tipo de infracción. Arts. 99, 101, 111 y 113
El Reglamento de IA, capítulo a capítulo
El Reglamento (UE) 2024/1689 regula los sistemas y modelos de inteligencia artificial que se comercializan o se utilizan en la Unión Europea según el riesgo que plantean: prohíbe unas pocas prácticas, somete a requisitos estrictos los usos de alto riesgo y exige transparencia en la interacción con personas y en el contenido sintético. Está en vigor desde el 1 de agosto de 2024 y se aplica por fases.
El Reglamento (UE) 2026/1744, conocido como Ómnibus digital sobre IA, modificó el texto en julio de 2026: aplazó las obligaciones de alto riesgo al 2 de diciembre de 2027 (anexo III) y al 2 de agosto de 2028 (anexo I), añadió dos prohibiciones y suavizó el deber de alfabetización. Esta ruta usa la versión consolidada que resulta de ambos y cita el artículo en cada punto.
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